Cartas al Director

Tu voz en la Red

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viernes

24

octubre 2014

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Presión en el juego

Publicado por , Posteado enMº Hacienda

Vuelve a ser actualidad un artículo publicado en libre mercado a principios de 2013 y que pasó casi completamente inadvertido.

Su título: Así presionaron Montoro y Equipo Económico a empresas del juego

Dirección electrónica:  http://www.libremercado.com/2013-01-23/asi-presionaron-montoro-y-equipo-economico-a-empresas-de-juego-extranjeras-1276480189/

Sólo aportar unos pequeños apuntes:

La información relatada en el mismo es  totalmente cierta. De hecho los ingresos eran tan disparatados que hasta hubo problemas de aplicación en las cuentas públicas. Abarcaban períodos en los que no existían los citados tributos y a tipos impositivos inventados.

¿Quién realizó las comprobaciones y giró las liquidaciones? La Oficina Nacional de Investigación del fraude entonces dirigida por D. Santiago Menéndez, en la actualidad Director de la AEAT.

¿Cuándo se hicieron estas liquidaciones?   En la primavera de 2012 casi recién entrado el PP en el poder.

Según el artículo mencionado, ¿Quién era la empresa beneficiada al debilitar a la competencia? CODERE

¿Quién había sido Secretario  General y del Consejo de Administración de CODERE, S.A. (2005-2012).? El actual Ministro de Justicia, hermano a su vez de la  Jefa de  la Delegación de Madrid  de la AEAT.

Conclusión: Sin comentarios

jueves

23

octubre 2014

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El controlador controlado‏

Publicado por , Posteado enMº Hacienda, Opinión

A propósito del ruido mediático originado por la posible entrada de un titular de las tarjetas BANKIA como Inspector de Servicios en el Servicio de Auditoría (SAI)  de la Agencia Tributaria, les comento la siguiente secuencia de acontecimientos ocurridos  en dicho órgano que es el que  controla  a los que aplican nuestro sistema tributario :

 En primer lugar, se convocó un curso de inspección de servicios, requisito necesario para  acceder al  citado puesto. Hubo un  «duro» proceso de selección (en el que muchos funcionarios «ilustres» fueron rechazados) y como resultado del mismo fueron seleccionados   para participar en el curso   al  titular de las tarjetas- entonces Jefe de Gabinete del Secretario de Estado de Hacienda-  así como a otro funcionario que había desempeñado anteriormente el mismo  puesto de Jefe de Gabinete. Se  daba  la circunstancia añadida de que, al realizarse el proceso de selección, la persona encargada de dirigir  la selección trabajaba( y trabaja) en  el citado Gabinete como Coordinador. Como vemos «todo quedaba  en casa». En la casa del Secretario de Estado de Hacienda.

Tras realizar el curso y las respectivas pruebas escritas y orales,  el resultado fue que aprobaron sólo ocho de los quince seleccionados pero, por supuesto  ambos  Jefes de Gabinete( el de ahora y el de antes)superaron el curso.

Una vez obtenido el «diploma», se hacía necesario llegar a ejercer de hecho la función. Había  una seria  dificultad  ya que los  nombramientos como Inspector de Servicios no son «digitales», sino que se deben realizar mediante concurso de méritos. ¿Cómo salvar este  obstáculo ya que podrían existir otros candidatos también con el diploma pero con más méritos que los miembros del Gabinete ?.Se ha  salvado  también de un  modo doblemente  ingenioso:

Al anterior Jefe de Gabinete se le ha dado un nombramiento provisional  y, a su vez, se ha convocado  un concurso en el que, para llevar a cabo las funciones de inspección de servicios y de auditoría interna , se considera como mérito específico fundamental (supone el 50% de la puntuación) , el  haber realizado funciones previas en el Gabinete de la Secretaría de Estado de Hacienda. Así nos aseguramos que por lo menos entren dos antiguos asesores del Secretario de Estado.

Puede que el proceso descrito sea legal ( de hecho el concurso ha sido impugnado pero con escaso éxito hasta la fecha), pero……¿Resulta moralmente aceptable? ¿No se estarán poniendo las bases para el control político de los que, a su vez, controlan nuestros impuestos? ¿Dónde está la necesaria independencia del auditor interno respecto al órgano auditado?