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octubre 2016

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SECUESTRADA

Publicado por , Posteado enOpinión

El derecho de retención que ejercían los clubs sobre los futbolistas desapareció en 1979 mediante un fallo de la Magistratura de Trabajo de Madrid. En aquella época, el club podía retener a un jugador que le interesase aún en desacuerdo con el propio interesado. Se entendió que esa clausula restringía la libertad de los jugadores, que debían de tener derecho a decidir su futuro deportivo.

Y aunque han pasado casi cuarenta años de aquel laudo y la casuística en las relaciones laborales entre clubs y jugadores ha evolucionado, aún se dan casos equiparables y lo que es más deplorable aún, en el deporte amateur, un anacronismo que nos devuelve a las antiguallas de la esclavitud deportiva.

Baloncesto, categoría primera femenina en Cataluña, año 2016 en un prestigioso club de Barcelona. Una jugadora de 18 años anuncia en septiembre, antes de comenzar la temporada, que quiere dejar el club por cuestiones personales, debida y profusamente argumentadas. El club, en principio, parece predispuesto a concederle la baja federativa. Un mes después de reuniones, de dimes y diretes, de mensajes contradictorios, el club cambia súbitamente su política de desvinculaciones y anuncia que así lo hará previo pago de todas las cuotas de la temporada, 350 euros.

Sin una normativa específica, la Federación admite que jugador y club han de llegar a un acuerdo. Pero en esas condiciones, el salvoconducto parece ventajista y revanchista. Aquí tampoco hay derecho de tanteo, otra medida restrictiva al no tratarse de la ACB. Y en cuanto a los derechos de formación o promoción que pudieran estar sujetos a indemnización, tampoco proceden al no haber sido ese club su cuna baloncestística. Y obviamente no estamos hablando de profesionales que cobran dinero, sino de jóvenes que pagan por hacer deporte y a los que las arbitrariedades recaudatorias de ciertos clubs les condenan a pasar por caja para comprar su libertad.



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