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Defensor del Pueblo Archive

sábado

8

abril 2017

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SUPRESION IMPUESTO SUCESIONES. INJUSTO, ABUSIVO Y DESIGUAL

Publicado por , Posteado enComunidad Valenciana, El Mundo, El País, Defensor del Pueblo, Intereconomía, Mº Hacienda, Valencia, Ministerios

En fin de esta petición es conseguir la SUPRESION del impuesto de sucesiones y dar a conocer a  todos  los individuos de esta comunidad y a nivel nacional, que el impuesto de sucesiones y donaciones, afecta o afectará a todos los miembros de la comunidad, ya que durante la vida activa de cada individuo, hemos pagado los impuestos que nos han pedido. Y además queremos hacer saber a las autoridades que todos los ciudadanos estamos unidos en contra de este impuesto. Es por tanto abusivo que una vez falleces, tus herederos vuelven a pagar los impuestos que ya en su momento  habías pagado. Teniendo en cuenta, para más injusticia, que los bienes inmuebles se gravan con unas plusvalías que se calculan con la valoración del catastro y este ha sido modificado el año pasado, y existe el llamado coeficiente…… supone, para las arcas del estado, un ingreso ABUSIVO, INJUSTO Y DESIGUAL. La prueba son la cantidad de herencias que a las que se ven obligados a renunciar, en la actualidad, muchos ciudadanos. Es triste que te hayas pasado toda la vida trabajando y ahorrando porque querías dejar a tus hijos  algo de los que has ganado con esfuerzo y mucho sacrificio y cuando llega ese momento el «padre Estado» ya sea de derechas de izquierdas o como quiera llamarse, saca su bolsa como un buen avaro para recoger «el impuesto de los muertos.»  Esto nos afecta a todos, adultos y menos adultos, porque a todos por igual nos llegará el momento de decir adiós a nuestros seres queridos. Y por favor que no nos intenten convencer de que con ese dinero se mantiene la educación y la sanidad. 



sábado

28

marzo 2015

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Por 10 cm. El Ayuntamiento de Sevilla me succiona 500 €.

Publicado por , Posteado enRevolución social, Redes Sociales, artículo personal, Defensor del Pueblo, La Red, Automovil, Presidencia del Gobierno, Ayuntamientos, Reclamación, Sevilla, Queja, Política, Opinión, Instituciones

Por 10 cm. El Ayuntamiento de Sevilla ha podido succionarme casi más de 500 €.
Fácilmente podríamos o podría culpabilizar al Alcalde o al Delegado de Transporte (o movilidad) pero eso sería mentira.
El delegado no sabe nada de los hechos y el Alcalde menos aún.
El que si sabe que por 10 cm ha puesto en marcha el protocolo sancionador, ha sido el Agente de Policía Local.
El que si sabe que por 10 cm ha ganado un jornal, es la empresa concesionaria de la Grúa municipal.
El que si sabe que por 10 cm ha podido vanagloriarse de su trabajo a costa de la imagen social del Ayuntamiento, del Alcalde y de la estructura política-democrática que lo sostiene, es el Empleado Público responsable de la gestión de recursos.
Un día el periodismo se preguntará: ¿Cómo habremos podido llegar a ver y vivir tragedias humano –sociales al estilo Estadounidense?
Y la respuesta, que no podrán encontrar, será: Por la irresponsabilidad social del empleado público, que por desgracia se da en demasía por estos lares.
Como no se puede despellejar a todos los corderos para encontrar al lobo, solo pedirles, a quien pueda, que hagan el cargo de responsable policial también elegible, eso quizás les haga recordar para quién trabaja, cosa que los políticos saben ya muy bien.



jueves

6

noviembre 2014

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SANIDAD EN ESPAÑA

Publicado por , Posteado enCastilla y León, Junta de Andalucía, SAS, Defensor del Pueblo, Sanidad

Sanidad en España, esa gran estafa

Mi nombre es José María Mora Bordel. En estas breves líneas quisiera contar la odisea vivida por mis padres en Castilla León.

Ellos, aunque residen en Sevilla, veranean en la casa que poseen en el pueblo zamorano de Muelas de los Caballeros. Por desgracia, el pasado 5 de octubre mi padre, José Mª Mora Vaz sufrió una caída fracturándose la cabeza del fémur derecho; caída, por la que fue ingresado de urgencias el día 6 octubre en el complejo asistencial Virgen de la Concha, de la localidad de Zamora.

En una primera valoración, se considera que la operación allí era totalmente viable a pesar de la patología del enfermo (trasplantado de hígado, con problemas de azúcar, coronarios y renales). Algo que nos llena de regocijo a los familiares desplazados desde Sevilla. Sin embargo, el día 9 comienza a torcerse todo: los nefrólogos del centro nos indican que dado que los riñones van a sufrir mucho, sería conveniente dializar durante la intervención. Debemos esperar en consecuencia hasta el 15 de Octubre, el supuesto día de la operación de cadera. Ya existe un deterioro en el cuerpo de un enfermo de alto riesgo y que apenas se alimenta ya que la dieta de protección renal facilitada en dicho hospital deja mucho que desear. Pero todo se asumía con resignación.

A eso de las doce del medio día, llaman a mi madre al despacho de la anestesista la Doctora VDLF para comunicarle el riesgo vital que suponía esa intervención para un enfermo con la patología de mi padre. Se le ruega que se lo comunique al enfermo para que él decida. En su habitación se da el esperpento: la mencionada doctora le expone con crudeza al enfermo que si se opera se va a quedar en la mesa de operaciones y que si salía con vida no duraría más de cuarenta y ocho horas; sus únicas opciones son: o que el hueso haga callo (de la cama al sillón y del sillón a la cama) o sea internado en una residencia.

A los cinco minutos se nos hace entrega de la carta de alta indicando en la misma que la familia decide su traslado a su domicilio en Zamora, hecho que en ningún momento se solicito por parte nuestra ya que deseábamos volver a Sevilla en busca de una segunda opinión. Al día siguiente se consigue que cambien dicho informe y se solicita el traslado al hospital Virgen del Rocío de Sevilla capital. Aún así, sigue apareciendo en el mismo una coletilla que ha dado muchos quebraderos de cabeza: «SE PRECISA UNA AMBULANCIA MEDICALIZADA». Gran incongruencia desde nuestro entender pues hasta ese momento no habían tenido en cuentan el corazón de un enfermo que en los días anteriores sufrió diversas anginas de pecho. Gran incongruencia cuando se le retiraron sin ningún miramiento los calmantes que se le suministraban por vena. Gran incongruencia cuando ante diversos problemas estomacales que presentó en esos días y requiriendo la atención de un médico de digestivo, nunca fue atendido por un médico especialista.

Se empieza a gestionar el traslado entre ambos hospitales a través de sus departamentos de gestión al usuario. En un principio se cree que el traslado estará solucionado el día 17 de Octubre, y que el traslado será efectivo el domingo 19 sobre las doce de la mañana. Pero surgen problemas pues desde Sevilla el JEFE MÉDICO DE TRAUMATOLOGÍA no entiende que una operación de ese tipo, aunque sea de un enfermo de alto riesgo, no se realice en ZAMORA.

Al día siguiente, nos trasladamos algunos familiares del paciente a Sevilla para exponer la trágica situación de éste. Es entonces cuando dicho jefe médico autoriza su traslado al Hospital Virgen del Rocío, más por humanidad que por convencimiento. Dicho traslado se haría efectivo, el día 22, pero ante nuestra sorpresa, desesperación e impotencia tampoco se realiza. Desde Zamora exigen una UVI móvil por si sufre una crisis coronaria. Hecho que queda solucionado el miércoles 23 en el servicio de prestaciones cuando la familia asume el riesgo de lo que le pueda pasar al paciente. Se envía una ambulancia convencional (con enfermero), la cual lo recoge y traslada a su hospital de referencia, llegando esa misma noche a Sevilla.

Desde este momento, el trato al mismo cambia de una manera brutal, pues los profesionales de este centro se vuelcan desinteresadamente con el enfermo. El viernes 25, tras firmar su consentimiento, se le comunica que será operado el próximo lunes 27 a primera hora. Su pesadilla acaba finalmente el día 30 cuando recibe el alta hospitalaria.

Mi reflexión es la siguiente: ¿cómo puede ser que un paciente de setenta y siete años de edad que ha estado cotizando a la SEGURIDAD SOCIAL ESPAÑOLA, se encuentre tan indefenso? ¿Por qué en un hospital no lo quieren operar y en otro sí? No nos merecemos esta sanidad de la cual está presumiendo siempre la clase política. Quizás este atropello haya sido fruto de los recortes, DE LA FALTA DE HUMANIDAD Y PROFESIONALIDAD DE UNAS PERSONAS QUE SABEN QUE NUESTRA SALUD DEPENDE DE ELLOS Y QUE HICIERON ESE JURAMENTO HIPOCRÁTICO: “Desempeñaré mi arte con conciencia y dignidad. La salud y la vida de mi enfermo será la primera de mis preocupaciones.[…]”, O quizás simplemente en Andalucía se tiene más conciencia cívica Y SOBRE TODO LO IMPORTANTE ES EL PACIENTE Y SU CURACIÓN. Lo desconozco.

En cualquier caso, gracias a todo el personal del hospital VIRGEN DEL ROCIO por habernos ayudado tanto.




martes

13

mayo 2014

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¿Quién respeta la Constitución?

Publicado por , Posteado enDefensor del Pueblo, Presidencia del Gobierno, Mº de Justicia, Queja, Política

En España rige el principio de jerarquía normativa, en el cual, la norma básica, que todas las demás leyes deben respetar, es la Constitución Española. Ahora bien, ¿Es esto así?
Tristemente la respuesta es no. Por poner un ejemplo, y no es el único, en el artículo 24 de la Constitución se establece que:
«1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.»
Suena muy bien, pero el artículo 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que «Los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado». Por contra, las solicitudes se presentan sin la firma del litigante.
Por tanto, quien se encarga de obtener la tutela es el abogado, no la persona. Esto implica que si nuestro abogado no solicita (por error, negligencia, incomprensión…) al juzgado los derechos e intereses legítimos, nosotros no podemos hacerlo. Una vez interpuesta la demanda con lo que el abogado consideraba «adecuado», esa es nuestra petición. Aunque no sea lo que queríamos pedir o argumentar.
El Tribunal Constitucional sale al paso de esta manifiesta indefensión diciendo que «indefensión» es cuando ambas partes no cuentan con los mismos medios, por lo que, al contar ambos con abogado, ya no estamos indefensos. Aunque no podamos defendernos de la actuación de nuestro abogado.
Más llamativo es todavía el que diga que «…serán dirigidos…». No deja de ser llamativo que en un estado donde la libertad (no voy a citar todos los artículos de la Constitución que nos reconocen el derecho a la libertad), la persona no pueda actuar según su razón y conciencia (tal como arguye la Declaración de Derechos Humanos que reconoce la Libertad de las personas y asume la propia Constitución), sino bajo la dirección y los criterios del abogado.
Por tanto, la Ley de Enjuiciamiento Civil (y otras) nos roba una parte importante de nuestra libertad: la de defendernos y defender nuestros derechos, y nos hace responsables de los actos de nuestro abogado ante los tribunales. Los legisladores, jueces, fiscales, defensores del pueblo, etc., violan nuestros derechos fundamentales por acción u omisión mientras nos distraen con cruces de acusaciones entre unos y otros.
Por si se puede publicar, incluyo un enlace donde muestro dos cartas escritas al Tribunal Constitucional (que no tendrán respuesta): https://www.facebook.com/defiendelaconstitucion
Atentamente,
Daniel Abram Moreno.

lunes

2

julio 2012

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Dª SOLEDAD BECERRIL. EX-ALCALDESA DE SEVILLA POR EL PP. DEFENSORA DEL PUEBLO.

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Si la propuesta viene dada por el Señor Pérez Rubalcaba, en pensamiento libre el votante avanza y apuesta que a cambio algo ha arañado para su partido.
Los votantes no ven con buenos ojos estos cambios de rumbo. Estos olvidos intencionados llámese Tribunal Constitucional o cualquier parcela de Gobierno o Ministerio.
El trueque; no responde en este caso a lo prometido en urnas. El Gobierno con mayoría se compromete a sacar el País del abandono que dejara su antecesor. Anterior ejecutivo; en sombra.
Dª Soledad Becerril. DEFENSORA DEL PUEBLO.
DEFENSOR DEL PUEBLO. Cargo que debería ir a extinción.
¿Qué resuelve?
De efectivo ¿Qué tiene? ¿?
¿A quién defiende?
Limitado el cargo al consejo. Las partes llevadas a denuncia (tratándose de parcelas otras del Gobierno) no son requeridas en su totalidad y de buenas palabras quedan en archivo sine die.
Si el Gobierno de la Nación no da poder al Defensor del Pueblo o Justicia y este resuelve; hágase “Cargo extinto”. No alimente representaciones.
Carmen Amigó y Pérez-Mongay