Cartas al Director

Tu voz en la Red

Daily Archive: agosto 15, 2012

miércoles

15

agosto 2012

0

COMMENTS

ESPAÑA SE QUEMA.

Publicado por , Posteado enOpinión

Las llamas engullen este año como ninguno, espacios naturales.
Las Islas Canarias están siendo afectadas con voracidad.
Tenerife, La Gomera, La Palma. Llegando la pregunta si tiene que pasar una semana o más…, para que el fuego sea extinguido.
En la Isla de la Gomera. Insisten las noticias de última hora, (15 de agosto de 2012) el incendio no lleva visos de ser controlado en su totalidad.
Cuatro de agosto de 2012 se inicia el incendio en La Gomera.
En España han ardido cerca de nueve mil hectáreas de terreno. Ocho incendios que han devorado bosques de nuestro país.
Han quedado arrasadas trescientas hectáreas en el Parque Nacional de Cabañeros. Mil cien hectáreas en Uceda (Guadalajara). Sierra de Bejar mil ochenta y siete hectáreas. Parque de Doñana cuatrocientas veinte y seis hectáreas. Tenerife alrededor de cuatrocientas hectáreas. La Gomera se presume cerca de las cuatro mil hectáreas al día de hoy. Alicante; importante pérdida de masa forestal y mil quinientas hectáreas en O Barco de Valdeorras (Orense).
Los datos para Canarias en este 2012 alteran los porcentajes, pasando del cuarenta y uno por ciento que manifiestan algunas fuentes como intencionados para dar un salto desastroso. Hay que añadir el treinta y cuatro por ciento de negligencias que testimonian estas mismas fuentes. Y de sus estadísticas que posiblemente van a quedar obsoletas al decir que ”es la Comunidad Autónoma con menos incendios”.
La belleza de las Islas. Los Parques Naturales. Los Bosques. ¿Cuántas generaciones han de pasar para ver recuperada la masa forestal?
Junto a la masa forestal existe la muerte de su flora y fauna que raramente es nombrada. Y la pérdida de habita para las aves.
En el Estado Español; una alta mayoría de incendios son provocados el setenta y ocho por ciento.
Quemas agrícolas. Quemas para pastos. Quema de basuras; vertederos. Obtención de madera a bajo precio. Recalificaciones de terreno. Modificaciones de uso del suelo; de forestal a agrícola. Disensión en la titularidad de los Montes.
Galicia, Asturias, Cantabria, Vascongadas, León y Zamora. Un altísimo tanto por ciento de los incendios alegan son intencionados. Eliminación de matorral y monte bajo para la obtención de pastos para el ganado, así como quema de rastrojos.
La Comunidad en que se ceban los rayos sería la Valenciana con un veintitrés por ciento y la de Aragón con el treinta por ciento. El 29 de junio de 2011 un rayo hizo destrozo en la cúpula de la Iglesia Parroquial de Cariñena. No produjo incendio. Sí; destrozos.
Dentro de lo que dicen “negligencia” las Islas Baleares están en el cincuenta y seis por ciento. Cataluña con cincuenta y tres por ciento. Ceuta el cincuenta. El cuarenta y siete Andalucía y el cuarenta y dos por ciento Murcia. (Porcentaje con seguridad variable para todas; arriba o abajo).
Para que esto suceda. Llámenlo como lo deseen las Instituciones, tiene que haber un infractor. ¿Pirómano?
Enfermo o no debe correr con la pena. Ley que deberá el Estado modificar por necesario y que la carga en dinero y cárcel la cumpla.
Señor Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Se viene dando el caso de que personas que han perdido todos sus bienes en estos incendios se ven en la desolación e impotentes ante las leves penas que se les impone a estos incendiarios.
Señor Arias Cañete; el fuego no siendo fruto de fenómenos atmosféricos no tiene otra lectura.

Es de rigor endurecer las penas.
¿Cuántos los bomberos fallecidos en acto de trabajo? En Servicio para la Sociedad. Que quedarán en el recuerdo tan solo de su familia y sus amigos; mientras quien provocó el incendio sigue libre y en vida.
¡Una vida perdida! Un asesino.
Mientras no se llame a las cosas por su nombre los indeseables camparan a sus anchas.

Dos apuntes Señor Ministro:
1.- En Cataluña desde un helicóptero de control de incendios, aperciben a un hombre que ha provocado un incendio. Hacen descender el aparato y se arroja sobre el pirómano; el Bombero. El Bombero fue sancionado por daños infligidos al “pirómano”.
2.-Me comentaban que habiendo estado en El Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara (Huesca) coincidiendo con policías franceses allí destacados, entre los comentarios de intercambio, estos; les dieron a conocer su extrañeza con el trato que daba España a la delincuencia. Y el riesgo que corrían los agentes de la seguridad ciudadana pudiendo llegar a ser apaleados por delincuentes y en caso de intentar defenderse ser castigados.
Puede haber un tercero y un cuarto punto… ¡España está necesitada de Justicia!
De que la Justicia cumpla.

Carmen Amigó y Pérez-Mongay

miércoles

15

agosto 2012

2

COMMENTS

850 AÑOS DEL ÓBITO DE RAMÓN BERENGUER IV.PRINCIPE DE ARAGÓN CONDE DE BARCELONA.

Publicado por , Posteado enOpinión

Ramón Berenguer IV Conde de Barcelona y por matrimonio con la Reina Petronila de Aragón, Príncipe de Aragón.
Una de las particularidades de los Reyes de Aragón aquellos primeros que dejaron nombre fuertemente atado a la Historia; eran guerreros.
Lo fuera Ramiro II apodado el Monje, pues siendo esta su condición; al morir su hermano Alfonso I el Batallador en 1134 sin descendencia, deja en testamento sus últimas voluntades: A modo de legado, sus Reinos los deja, a las Ordenes Militares (Templarios, Hospitalarios, Caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén) decisión contraria de lo que suponían debía ordenar un Rey y esperaban sus súbditos.
¡Se armó el cisco!
Los aragoneses no dieron por valida está decisión y Ramiro que primero fuera Monje en el Monasterio francés de San Ponce de Tomeras, luego Abad de San Pedro el Viejo (Huesca) Obispo de Burgos, Pamplona, siendo Obispo de Roda-Barbastro (Huesca) a petición de los aragoneses pidió dispensa al Papa y colgó temporalmente los hábitos para ser elegido Monarca del Reino de Aragón el 29 de septiembre de 1134 en Zaragoza.
A Ramiro II no le tembló la mano.
Aquellos Nobles. Que hubieronse opuesto a su Reinado les prometió una campana que se oiría por todo el Reino (lo que el Monarca Aragonés no pensó que al día de hoy año 2012 la campana sigue escuchándose).
Uno a uno aquellos nobles fue pasando a invitación del Monarca y a continuación perdían la cabeza de un tajo de espada. Los hizo colocar en círculo y la cabeza del obispo de Huesca el más rebelde fuera puesta por badajo.
Aquí acabaron las revueltas.
Hablar de Ramón Berenguer IV es hablar de Ramiro II pues el Monarca Aragonés lo tuvo como aliado a su causa contra las pretensiones territoriales castellanas.
En gratitud el Monarca Aragonés le dio a su hija Petronila en matrimonio. Cuando esta contaba un año de edad. Firman en Barbastro las Capitulaciones Matrimoniales
Ramiro II casa con Inés de Poitou (Inés de Aquitaine) viuda y con cuatro hijos lo que decidió a Ramiro II a casarse con ella por su fertilidad. Puestas miras en la continuidad de su dinastía.
Posiblemente el 13 de noviembre de 1135 en la Catedral de Jaca se celebró la boda. Inés era sobrina de otra Inés; anterior Reina de Aragón.
Tuvieron en hija de este matrimonio la Princesa Petronila De la Reina poco más se supo en documentación aragonesa. Se retiró a la Abadía de Fontevraud donde había vivido su madre.
Trece años más tarde Petronila de Aragón casa con Ramón Berenguer IV Conde de Barcelona en Lérida en agosto de 1150 al cumplir catorce años según edad requerida por el Derecho Canónico para consumar el matrimonio. Superándole él largamente en edad, a la jovencísima desposada.
Ramón Berenguer poseía los territorios de Aragón en usufructo. Según las capitulaciones matrimoniales estos les correspondía a los hijos de Petronila. Capitulaciones Matrimoniales aceptadas por Ramón Berenguer IV y de entera redacción de Ramiro II el Monje.
El 13 noviembre 1137 Ramiro deposita en Ramón Berenguer el Reino pero no la Dignidad Real.
Firmándose en adelante Ramón Berenguer IV, Conde de Barcelona y Príncipe de Aragón.
Ramiro II se retiró de nuevo a San Pedro el Viejo de Huesca. Renunció al gobierno, pero no a su título de Rey, seguía siendo el Señor Mayor de la Casa de Aragón hasta que su nieto Alfonso cumpliera mayoría de edad.
Ramiro II salvó la Monarquía y unió el Reino de Aragón y el Condado de Barcelona.
Ramón Berenguer IV que por muerte de su padre Ramón Berenguer III recibe el Condado de Barcelona intervino de manera decisiva en la línea sucesoria del Reino de Aragón. Fue Caballero Templario como lo fuera su Padre y muere camino de Turín el 6 de agosto de 1162.
Petronila a la muerte de Ramón Berenguer IV abdica en su hijo Alfonso II el Reino de Aragón y el Condado de Barcelona en documento de 18 de julio de 1164. Renunciando a la Corona y a segundas nupcias.
Murió en Barcelona el 15 de octubre de 1173.
La tumba de Ramón Berenguer IV en Ripoll estaba forrada de plata y en 1794 fue expoliada por soldados franceses de la Primera República.
9 de agosto de 1835, primera Guerra Carlista.
El cadáver de Ramón Berenguer IV Conde de Barcelona Príncipe de Aragón, que quedara intacto tras el saqueo francés, fue sacado de su tumba por soldados en desmán, lo condenan en juicio, y prenden fuego a todo, archivos y bibliotecas incluidos.
Los incendiarios eran barceloneses. Y Llauder el General que los alistó en Argentona.
CONDE DE BARCELONA. PRINCIPE DE ARAGÓN.
Ramón Berenguer IV un gobernante de concordia.

Carmen Amigó y Pérez-Mongay

miércoles

15

agosto 2012

0

COMMENTS

Cotizaciones a la Seguridad Social

Publicado por , Posteado enOpinión

Todos conocemos que en nuestras nominas existen dos conceptos principales para los descuentos. El correspondiente a las retenciones del IRPF y las aportaciones a la Seguridad Social. Pero de lo que muchos no se percatan es que la base para hacer el cálculo del pago a la Seguridad Social, es por lo percibido en cada mes, más lo que se llama “prorrateo de las pagas extraordinarias de julio y diciembre”. Es decir, en el mes de enero de cada año adelantamos a la Tesorería de la S.S. un doceavo de lo que cobraremos casi un año después por Navidad y otro doceavo de la paga de julio. Supongo que para proporcionar liquidez al sistema. Pero sigamos estudiando el recibo de un hipotético asalariado: Si su retribución anual es superior a 38.761,20 €, solo cotizara por esa base.
En un cálculo aproximado y redondeando, si sumamos el importe que paga el trabajador y el que debe aportar el empresario, resulta que la Tesorería ingresa unos mil euros mensuales por trabajador en alta y con un salario mensual de unos 2.000 €
¿y que sucede si se tiene una retribución que supera los 100.000 € mensuales como las que se esta conociendo que cobran un gran numero de directivos de bancos, cajas de ahorros y grandes empresas?.
Pues aunque parezca increíble, estos señores y sus empresas aportan a las arcas de la Seguridad la misma cantidad que un empleado medio, por lo que es fácil calcular que se dejan de ingresar cientos de millones sin que nadie, sindicatos, periodistas, contertulios ni políticos hables de tales incoherencias.
La base legal para que esto suceda es la limitación y establecimiento de un tope máximo de cotización, sin que nadie conozca que criterios se han seguidos para determinarlas.
¿No seria más razonable que las leyes marcaran límites máximos a los salarios en lugar de a las bases de cotización?
En muchos casos hay salarios mensuales con un importe 100 veces mayor del de un empleado medio o 200 veces mas de un salario mínimo.
En lugar de tantos recortes que soportan los ciudadanos de menor renta, o de ninguna, el Gobierno debería preocuparse de que todos aporten a la Seguridad Social por lo que ganan, igual que se hace con el IRPF.
Aunque es difícil admitir salarios anuales superiores al millón de euros, que al menos aporten el tanto por ciento que les corresponda: al empleado y a sus respectivas empresas, ¡pero sobre lo que cobran!, como se exige a los de rentas mas bajas.
¿Con que criterios se puede justificar que un señor con un salario de un millón de euros anuales cotice por los primeros 38.761,20 € y quede exento los 961.238,20 € restantes?
A un trabajador con salario mínimo, ni a él ni a la empresa que lo contrata se le exonera de pagar ni un solo euro.
Debería legislarse con urgencia lo que fuera necesario para terminar con estas desigualdades que aminoran unos ingresos tan necesarios en esta época de crisis

miércoles

15

agosto 2012

7

COMMENTS

Incendios Forestales

Publicado por , Posteado enOpinión

Sr. Director
Desde hace años se viene asegurando que entre las causas de los incendios forestales está LOS VIDRIOS ROTOS y LAS COLILLAS. El miércoles de esta semana en el telediario de TV2 solo se indicaban estas dos causas.
Con este diagnostico difícilmente puede aplicarse un tratamiento eficaz.
¿No se cuenta en este país con expertos que demuestren lo erróneo de esas afirmaciones?
Tan difícil es conseguir escribir una sola línea del Quijote lanzando unas letras al aire como que un cristal roto tome la forma de una lente capaz de concentrar los rayos solares para alcanzar la temperatura capaz de iniciar un incendio.
Un lente es una autentica obra de ingeniería de imposible creación a base de cristales rotos.
Después quedan las distancias focales adecuadas, el diámetro de la hipotética lente, la colocación de la misma a la distancia adecuada que depende de sus dioptrías etc. etc.
En resumen, creo que se puede y se debería descartar esa hipótesis de los cristales rotos como posible causa de incendios.
En cuanto a los cigarrillos arrojados por la ventanilla de un auto que supongamos que circula a 100 km/h, impactando sobre un pavimento exento de material combustible, tampoco parece muy probable.
Deberían centrarse los estudios en otro tipo de causas con criterios más científicos tales como los rayos o imprudencias, así como penalizar con mayor rigor la acción premeditada de pirómanos con intereses políticos y económicos.
Sin un diagnostico adecuado difícilmente daremos con un tratamiento eficaz.

Eduardo de la Hoz